En el marco de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una prórroga para el vencimiento de los anticipos correspondientes al Impuesto a las Ganancias y al Impuesto sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2024. Los contribuyentes, tanto personas humanas como sucesiones indivisas, podrán extender el plazo para efectuar estos pagos, originalmente fijados para agosto y octubre, hasta octubre y noviembre de 2024. Esta medida afecta los pagos del primer y segundo anticipo, que se trasladan a nuevas fechas, brindando un mayor margen de maniobra para los contribuyentes en medio del complejo contexto económico. Los anticipos son pagos a cuenta que se descuentan del monto total a abonar al presentar la declaración jurada del período correspondiente. Además, se recordó que los contribuyentes tienen la opción de solicitar la reducción de los montos a pagar a partir del tercer anticipo, si consideran que los pagos realizados excederán la obligación fiscal definitiva. Esta solicitud se realiza a través del servicio “Cuentas tributarias” con clave fiscal, seleccionando la opción “Reducción de anticipos”. El monto ajustado deberá abonarse mediante un Volante Electrónico de Pagos (VEP). Esta prórroga se enmarca en una serie de medidas implementadas por la AFIP para aliviar la carga fiscal de los contribuyentes, adaptándose a las necesidades del contexto actual.
AFIP: PRORROGÓ VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS
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