La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer los nuevos parámetros del impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia correspondientes a los primeros seis meses de 2026. La resolución incluye tanto las deducciones personales como la escala de alícuotas y los montos acumulados que deben utilizar los empleadores para calcular las retenciones mensuales desde enero hasta junio. La actualización tiene efecto desde el inicio del año, por lo que las empresas deberán recalcular las liquidaciones ya realizadas y corregir eventuales diferencias en los próximos pagos de haberes. Los valores se ajustan conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC, en línea con el mecanismo de actualización vigente. ARCA estableció que los empleadores deben adecuar obligatoriamente sus sistemas de liquidación para reflejar los nuevos importes, sin posibilidad de excepción para los trabajadores alcanzados por el régimen. En cuanto a los montos, la ganancia no imponible comienza el año en $429.316,88 y se eleva progresivamente hasta $2.575.901,25 en junio. La deducción por cónyuge pasa de $404.330,39 a $2.425.982,33 en el mismo período. Para hijos, el acumulado sube de $203.905,29 a $1.223.431,74, mientras que en el caso de hijos con discapacidad los valores van de $407.810,58 a $2.446.863,48. La deducción especial, uno de los componentes centrales para definir la base imponible, también muestra un fuerte incremento: arranca en $1.502.609,06 en enero y alcanza los $9.015.654,38 en junio. Lo mismo ocurre con las deducciones previstas para nuevos profesionales, emprendedores y el apartado 2 del régimen especial. El tributarista Sebastián Domínguez señaló que la medida ya permite a los empleadores aplicar las nuevas tablas en los recibos de sueldo del semestre. Además, recordó que, al tener carácter retroactivo, debe instrumentarse un mecanismo de devolución si se hubieran efectuado retenciones en exceso. “Si las empresas liquidaron salarios con la tabla anterior, deberán recalcular en el próximo pago y reintegrar lo retenido de más, compensándolo con futuras retenciones si corresponde”, explicó. En aquellos casos donde, tras el ajuste, no deba aplicarse el impuesto, las compañías deberán devolver íntegramente los montos descontados. Domínguez advirtió que, en la práctica, la implementación puede demorar. “Es probable que algunas empresas sigan aplicando valores anteriores en los pagos inmediatos y regularicen la situación en la próxima liquidación”, sostuvo. También indicó que, aunque la norma prevé el ajuste al momento del pago de sueldos, hay empleadores que optan por adelantar la devolución para beneficiar a los trabajadores.
ARCA METE MANO
artículo anterior

