La semana trajo un giro inesperado en el tablero judicial: la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que la apelación del Estado contra la cautelar de la CGT tenga efecto suspensivo. Con esa decisión, la reforma laboral vuelve a desplegarse en su totalidad, al menos mientras dure el trámite de revisión. El movimiento no es menor. La medida de primera instancia, dictada por el juez Raúl Ojeda, había congelado más de ochenta artículos de la Ley de Modernización Laboral. Entre ellos, cambios sensibles en indemnizaciones, modalidades de contratación y aportes sindicales. La Cámara entendió que, tratándose de una norma sancionada por el Congreso, corresponde que su vigencia se mantenga hasta que un tribunal colegiado se pronuncie sobre la validez de la cautelar. El fallo modifica el escenario político y jurídico: la suspensión inicial queda sin efecto y la ley recupera plena vigencia sin necesidad de que la Corte Suprema intervenga de inmediato en el per saltum solicitado por el Gobierno. El presidente Javier Milei celebró la resolución en redes sociales con un mensaje de tono triunfalista: “No podrán detener el crecimiento que se viene para el País”. La Confederación General del Trabajo, que había impulsado la cautelar, sostiene que la reforma vulnera derechos constitucionales. La Cámara, sin embargo, subrayó que las excepciones que permitirían mantener la suspensión no se verifican en este expediente. El resultado es claro: mientras se sustancia la apelación, la reforma laboral se aplica en su totalidad. La pulseada entre el Ejecutivo y la central obrera se traslada ahora a un terreno de mayor complejidad. La decisión judicial no cierra la disputa, pero sí redefine el tablero: el Gobierno gana oxígeno para avanzar con su proyecto, y la CGT deberá recalibrar su estrategia en un escenario donde la ley vuelva a estar en vigor.
GOLPE A LA CGT
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